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| Consulte las direcciones de las siete (7) Agencias Automatizadas del I.S.S.POL. |
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| SEGURO DE ACCICENTES Y ENFERMEDADES PROFESIONALES |
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El Seguro de Accidentes Profesionales es la prestación en dinero a la que tiene derecho el asegurado que se incapacita por efecto de un accidente o enfermedad profesional.
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Esta prestación se hace efectiva mediante el pago por una sola vez de la indemnización y/o la pensión mensual vitalicia de discapacitación.
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| La indemnización de discapacitación es el pago en dinero que, por una sola vez, se reconoce al asegurado en servicio activo, calificado por la Junta de Médicos del ISSPOL, con incapacidad parcial permanente, de conformidad con la Tabla Valorativa de Incapacidades |
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REQUISITOS |
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REQUISITOS PARA LA INDEMNIZACIÓN POR DISCAPACIDAD (POR UNA SOLA VEZ EN ACTOS DE SERVICIO) |
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Llenar la solicitud. |
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Certificado o informe médico en original o copia certificada. |
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Copia de la cédula o credencial. |
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Copia certificada del parte o informe del accidente. |
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REQUISITOS PARA LA PENSION POR DISCAPACIDAD (Actos de servicio) |
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Copia de la cédula. |
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Revista de Comisario. |
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Resolución de los respectivos Consejos, en el que conste la baja. |
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| Av. de los Shyris 3967 y El Telegrafo |
| Telfs: 2266242- 249 |
| e-mail: isspol@isspol.gov.ec |
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